Artículo 23 del RD 1619/2012: Acceso de la Administración tributaria a las facturas y a otros documentos
Reglamento de facturación · 3 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2013 · texto consolidado del BOE actualizado el 31 de marzo de 2026.
Cuando la obligación de conservación a que se refiere el artículo 19 se cumpla mediante la utilización de medios electrónicos se deberá garantizar a cualquier órgano de la Administración tributaria que esté realizando una actuación de comprobación de la situación tributaria del empresario o profesional o del sujeto pasivo el acceso en línea a los documentos conservados, así como su carga remota y utilización. El cumplimiento de esta obligación será independiente del lugar en el que se conserven los documentos.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V3294-20 Procedencia del sistema de facturación sugerido por la consultante.
- V2502-19 Se plantea las siguientes cuestiones: 1.Si una factura recibida por la consultante en formato "PDF" por correo electrónico podría considerarse como factura electrónica y ser archivada…
- V3253-16 Se plantean las siguientes cuestiones: - Si una factura que se recibe en papel y posteriormente se digitaliza por la consultante puede ser considerada una factura electrónica. -…