Artículo 14 del RD 1619/2012: Duplicados de las facturas
Reglamento de facturación · 16 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2013 · texto consolidado del BOE actualizado el 31 de marzo de 2026.
1. Los empresarios y profesionales o sujetos pasivos sólo podrán expedir un original de cada factura.
2. La expedición de ejemplares duplicados de los originales de las facturas únicamente será admisible en los siguientes casos:
a) Cuando en una misma entrega de bienes o prestación de servicios concurriesen varios destinatarios. En este caso, deberá consignarse en el original y en cada uno de los duplicados la porción de base imponible y de cuota repercutida a cada uno de ellos.
b) En los supuestos de pérdida del original por cualquier causa.
3. Los ejemplares duplicados a que se refiere el apartado anterior de este artículo tendrán la misma eficacia que los correspondientes documentos originales.
4. En cada uno de los ejemplares duplicados deberá hacerse constar la expresión «duplicado».
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0748-25 La consultante plantea si la comunidad de propietarios debe repercutir a los miembros el Impuesto sobre el Valor Añadido por las cuotas satisfechas y, si puede deducir las cuotas…
- V1002-22 Obligación del prestador de los servicios descritos de emitir una nueva factura a cada uno de los herederos destinatarios de los mismos.
- V2585-21 Para deducir las cuotas soportadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, si resulta documentación suficiente la factura a nombre de la comunidad de propietarios, junto con los estatutos…
- V1317-21 Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado sin estar en posesión de la factura, dada la negativa a emitirla del acreedor.
- V2072-20 Obligación de que la comunidad de propietarios le emita factura por dicho gasto, y deducibilidad de la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido soportada por el mismo.
- V0595-20 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por estos servicios.
- V0592-20 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por estos servicios, preferiblemente por la propia comunidad de propietarios.
- V3220-19 Posibilidad de expedir y enviar una factura en sustitución de la factura simplificada, a petición del destinatario y para hacer constar los datos establecidos en el apartado 2 del artículo…
- V2446-19 Consideración de la comunidad de bienes como empresario o profesional, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y de su obligación de darse de alta en el Impuesto sobre Actividades…
- V0749-19 Deducibilidad de la parte de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido repercutidas a la comunidad de propietarios, que correspondan a la empresa consultante miembro de la comunidad.
- V3024-18 Si a efectos de poder deducir las cuotas soportadas correspondientes a la factura expedida por la notaría por cada uno de los compradores sería suficiente con un desglose de los compradores…
- V1157-18 Derecho a la deducción de los gastos de electricidad, reparaciones y mantenimiento que están a nombre de uno de los copropietarios.
- V2020-17 Si el consultante puede deducir la parte de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido repercutidas a la comunidad propietarios, que correspondan a los gastos satisfechos a ésta.
- V0080-15 Sujeción al Impuesto de tales operaciones y base imponible de las mismas.
- V2952-14 Deduciblilidad de estas cuotas por parte de los comuneros que ejercen actividades empresariales en la proporción que corresponda.
- V0027-14 Deduciblilidad de estas cuotas por parte de los comuneros que ejercen actividades empresariales en la proporción que corresponda.