Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Disposición transitoria 4.ª de la Ley 37/1992: Rectificación de cuotas impositivas repercutidas y deducciones

Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.

Las condiciones que establece la presente Ley para la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas y de las deducciones efectuadas serán de aplicación respecto de las operaciones cuyo impuesto se haya devengado con anterioridad a su entrada en vigor sin que haya transcurrido el período de prescripción.

Doctrina

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