Disposición derogatoria 1.ª de la Ley 37/1992: Disposiciones que se derogan
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
A la entrada en vigor de esta Ley, quedarán derogadas las disposiciones que a continuación se relacionan, sin perjuicio del derecho de la Administración a exigir las deudas tributarias devengadas con anterioridad a aquella fecha o del reconocimiento de aquellos derechos exigibles conforme a las mismas:
1.º La Ley 30/1985, de 2 de agosto, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2.º La disposición adicional tercera de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.
Doctrina
Ninguna consulta ni resolución de la base lo cita en su campo Normativa.