Artículo 93.Tres de la Ley 37/1992
Requisitos subjetivos de la deducción · 4 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 10 de noviembre de 2017.
Tres. El ejercicio del derecho a la deducción correspondiente a los sectores o actividades a los que resulten aplicables los regímenes especiales regulados en el Título IX de esta Ley se realizará de acuerdo con las normas establecidas en dicho Título para cada uno de ellos.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V3134-20 Deducción de la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido soportada en la adquisición de dicho vehículo, así como por las reparaciones y el combustible del mismo.
- V1872-19 Deducibilidad en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las cuotas soportadas por dichas reparaciones.
- V0304-19 Deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por dichas adquisiciones.
- V0572-14 1. Determinar en qué momento son deducibles las cuotas del IVA soportado en las compras de existencias. 2. Determinar en qué momento son deducibles las compras de existencias a efectos…