Artículo 75.Uno.8º de la Ley 37/1992
Devengo del impuesto · 14 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de julio de 2021.
Uno. Se devengará el Impuesto:
8.º En las entregas de bienes comprendidas en el artículo 25 de esta Ley, distintas de las señaladas en el número anterior, el devengo del Impuesto se producirá el día 15 del mes siguiente a aquel:
a) En el que se inicie la expedición o el transporte de los bienes con destino al adquirente.
b) En el que los bienes se pongan a disposición del adquirente, en las entregas de bienes efectuadas en las condiciones señaladas en el artículo 9 bis, apartado dos, de esta Ley.
A efectos de las letras a) y b) anteriores, si con anterioridad a la citada fecha se hubiera expedido factura por dichas operaciones, el devengo del Impuesto tendrá lugar en la fecha de expedición de la misma.
c) En el momento en que se produzca el incumplimiento de las condiciones a que se refiere el apartado tres del artículo 9 bis de esta Ley.
d) Al día siguiente de la expiración del plazo de 12 meses a que se refiere el apartado cuatro del artículo 9 bis de esta Ley.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V1060-26 Si el cobro de los anticipos determina el devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido y si debe expedir factura con ocasión del cobro de dichas cantidades.
- V1535-22 Devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido en dichas entregas intracomunitarias y período de declaración de las mismas en el Modelo 349. Período de declaración de las mismas a efectos…
- V0426-21 Calificación de la operación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0412-18 Calificación como entrega de bienes o prestación de servicios. Período temporal en que se tienen que ir declarando las diferentes certificaciones que se emiten. Modelos 303, 349 e Intratat.
- V2623-17 Tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0563-17 Cuándo se produce el devengo de la operación tratándose de ejecuciones de obra. Devengo del impuesto en los pagos anticipados. Devengo en caso de clientes comunitarios.
- V5122-16 Tratamiento a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0082-16 Tratamiento y liquidación de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3649-15 Tratamiento a efectos del IVA.
- V3482-15 Tratamiento a efectos del IVA.
- V2740-15 Sujeto pasivo y destinatario de la adquisición intracomunitaria.
- V0338-15 Sujeto pasivo y destinatario de la adquisición intracomunitaria.
- V1994-13 Sujeto pasivo y destinatario de la adquisición intracomunitaria.
- V1725-13 Sujeto pasivo y destinatario de la adquisición intracomunitaria.