Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Consulta vinculante V0676-15

Dirección General de Tributos · SG de Impuestos sobre el Consumo · 26 de febrero de 2015

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Normativa

Normativa según la fuente: Ley 37/1992 art. 148-149-154-156-157-158-159-160

Descripción de hechos

La asociación consultante representa los intereses de personas físicas empresarios que se dedican a la venta al por menor de tabaco en expendedurías de tabaco y complementos. El precio de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los diferentes tributos, está fijado legalmente, no pudiendo dichos expendedores aplicar un precio distinto.

Cuestión planteada

Aclaración a la consulta de este Centro directivo nº V1256-14 de 8 de mayo de 2014.

Contestación

1.- Con fecha 8 de mayo de 2014, nº de consulta V1256-14, este Centro directivo emitió contestación a la consulta por Vds. formulada en relación con el tratamiento en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los hechos citados.

Dado que desde entonces hasta la actualidad no ha variado la normativa aplicable al supuesto de hecho planteado, este Centro directivo les reitera la contestación anterior.

2.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Consultas que cita

Fuente: Dirección General de Tributos, consulta V0676-15. Texto en la fuente oficial ↗