Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Consulta vinculante V0107-05

Dirección General de Tributos · SG de Impuestos sobre el Consumo · 31 de enero de 2005

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Normativa

Normativa según la fuente: Ley 37/1992 art. 90-uno-1-6º

Descripción de hechos

Entregas de sillas articuladas, adaptadas para personas con minusvalías, que permiten desplazarse sobre la nieve y facilitan la utilización de telesillas y telesquís (sillas uniski y dualski), así como de estabilos, que son muletas provistas de un pequeño esquí de nieve en la parte inferior.

Cuestión planteada

Tipo impositivo aplicable a la entrega de los citados productos

Contestación

1.- El artículo 90, apartado uno, 1, número 6º, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE del 29), dispone lo siguiente:

“Uno. Se aplicará el tipo del 7 por ciento a las operaciones siguientes:

1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:

(…)

6º. Los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicación.

Los productos sanitarios, material, equipos o instrumental que, objetivamente considerados, solamente puedan utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales.

No se incluyen en este número los cosméticos ni los productos de higiene personal, a excepción de compresas, tampones y protegeslips.”

De acuerdo con lo expuesto, se aplica el tipo impositivo del 7 por ciento a las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de las sillas articuladas, adaptadas para personas con minusvalía, así como a los denominados estabilos objeto de consulta, que permiten a las citadas personas desplazarse sobre la nieve y acceder a los telesillas y telesquis.

2.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Fuente: Dirección General de Tributos, consulta V0107-05. Texto en la fuente oficial ↗